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11/01/2021

Exención copago farmacéutico para menores desde 33% de discapacidad

 

Según establece la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021, desde el 1 de enero de este año las personas menores de edad que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33%, quedan exentas de realizar aportaciones económicas en la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud.

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-8343

BOE.es – Documento consolidado BOE-A-2015-8343

Documento consolidado BOE-A-2015-8343. [Bloque 2: #preambulo] I. La disposición final cuarta de la Ley 10/2013, de 24 de julio, por la que se incorporan al ordenamiento jurídico español las Directivas 2010/84/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de diciembre de 2010, sobre farmacovigilancia, y 2011/62/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, sobre …

www.boe.es

 

LAS RECETAS DE LOS BENEFICIARIOS EXENTOS DE COPAGO FARMACÉUTICO DEBEN CONTENER EL CÓDIGO TSI 001.

Sugerimos confirmar en el centro de salud el código que aplican al menor con discapacidad y solicitar, en su caso, la modificación del mismo para beneficiarse de esta nueva medida. En caso de ser necesario, aportar la normativa mencionada y el certificado de discapacidad del menor.

Si no se obtuviera respuesta favorable al cambio de código, se podrá presentar en el centro de salud un formulario de comunicación de discrepancias.

En los casos en que, tras la entrada en vigor de esta medida (1 de enero de 2021) se haya hecho ya un gasto pagando de más, se puede presentar en el centro de salud un formulario de reintegro de gastos.